XVIII Premios de Literatura Breve ‘Vila de Mislata’ 2020

XVIII Premios de Literatura Breve ‘Vila de Mislata’ 2020
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Cerrado

Bases del «XVIII Premios de Literatura Breve ‘Vila de Mislata’ 2020»

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Cuento

07-07-2020

6 a 12

800 €

El Ayuntamiento de Mislata patrocina en las modalidades de poesía y narrativa breve en su XVIII edición. Este certamen se regirá por las siguientes

BASES

1. OBJETO, FINALIDAD Y RÉGIMEN DE CONCESIÓN

Las presentes Bases tienen por objeto regular, en régimen de concurrencia.

La finalidad de esta convocatoria es: fomentar los valores literarios y promover y animar el lenguaje escrito como medio de creación y comunicación entre la población adulta, contribuir a la difusión cultural en la ciudad de Mislata, descubrir el talento literario e incentivar la creación entre los amantes de la poesía y el cuento en cualquiera de las dos lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana.

2. CUANTÍA, FINANCIACIÓN, PAGO Y JUSTIFICACIÓN

La dotación presupuestaria de 4.000 euros, adscrita al pago de los premios, se imputará a la aplicación presupuestaria 3340.48100 del Presupuesto Municipal vigente para el año 2020.

A los premios que los y las galardonados/as perciban, se aplicará la retención legal correspondiente de acuerdo con la legislación fiscal vigente.

Como justificación de la concesión de los premios se considerará la fecha en la que se efectúe el acto público de presentación de las obras ganadoras.

3. PUBLICIDAD

Se dará publicidad de  estas bases y de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y la publicación del extracto de la convocatoria a través de la Base de Datos Nacionales de Subvenciones, de  acuerdo con los artículos 9.3 y 20.8 de la citada Ley 38/2003, General de Subvenciones, así como en la página web municipal www.mislata.es.

4. PARTICIPANTES

Podrán participar todos aquellos/as autores y autoras que lo deseen mayores de 18 años, siempre que sus trabajos estén redactados en cualquiera de las dos lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana: valenciano y /o castellano.

Quedan excluidos y excluidas de la convocatoria aquellos autores y autoras, cuyas obras hayan resultado premiadas en cualquiera de las modalidades de las últimas cinco ediciones de este certamen.

5. PRESENTACIÓN DE ORIGINALES

Las obras presentadas deberán ser originales e inéditas. No podrán concurrir trabajos premiados, pendientes de resolución o presentados simultáneamente en otros certámenes, ni textos que mantengan compromisos de publicación. El Ayuntamiento se reserva la facultad de adoptar las medidas que considere oportunas para garantizar la autenticidad de los trabajos presentados.

Los trabajos literarios que concurran a cualquiera de los géneros o modalidades del certamen deberán estar escritos a ordenador con una tipografía legible, con un tamaño igual o superior a los 12 puntos y un interlineado de 1,5.

Se presentarán cuatro ejemplares impresos y cosidos o con algún tipo de encuadernación, en un sobre cerrado.

Cada autor o autora podrá presentar únicamente una obra por modalidad.

Los originales se remitirán al Centro Cultural «Carmen Alborch» de Mislata, a través de las siguientes vías:

a) Preferentemente por correo certificado a la siguiente dirección: AYUNTAMIENTO DE MISLATA. Centro Cultural «Carmen Alborch». Avda. Gregorio Gea, 34, 46920 Mislata (Valencia)

b) Mediante presentación por el registro de entrada del Centro Cultural «Carmen Alborch» de Mislata (Avda. Gregorio Gea, 24), Registro del Ayuntamiento (Pl. Constitución 8).

c) Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4. de la Ley 30/1995 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En cumplimiento de lo previsto en el Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de la Administración Electrónica de la Comunitat Valenciana, la documentación se podrá presentar por vía telemática, mediante la firma electrónica de la persona interesada o persona que la represente. La solicitud telemática estará accesible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mislata, https://mislata.sedipualba.es/, a través del trámite solicitud de participación en la convocatoria de los XVIII Premios de Literatura Breve «Vila de Mislata».

Las obras remitidas por correo certificado se presentarán mediante el procedimiento de lema y plica. En el sobre que incluya las copias del original figurará la indicación dalidad en que se concurre (Narrativa Castellano, Narrativa Valencià, Poesía Castellano, Poesia Valencià y en caso trabajo literario (o lema) utilizado por el autor/a. En sobre aparte y cerrado se hará constar el mismo título (o lema) además de una fotocopia del DNI, NIE y el ANEXO I a estas bases debidamente cumplimentado y firmado.

El Ayuntamiento de Mislata velará porque los datos que figuran en el ANEXO I por aquellas autoras o autores que presenten sus obras a través de registro electrónico y, que en caso de remitirse los trabajos por correo certificado deberán de figurar en el interior de la plica, no transciendan al jurado en la sesión de la deliberación a fin de garantizar la imparcialidad en el veredicto.

6. GÉNEROS Y MODALIDADES
Se establecen dos géneros con sus respectivas modalidades lingüísticas, cuyo tema será libre:
Narrativa en valenciano y narrativa en castellano. Podrá participar cualquier trabajo escrito en las diversas variantes de los mencionados dominios lingüísticos.
Los trabajos tendrán una extensión mínima de 6 folios y una extensión máxima de 12 páginas, escritas únicamente por una cara de la hoja (incluyendo paratextos).
Poesía en valenciano y poesía en castellano. Podrá participar cualquier trabajo escrito en las diversas variantes de los mencionados dominios lingüísticos.
Los originales presentados en cualquiera de las modalidades de este género tendrán una extensión mínima de 75 versos y una extensión máxima de 125 (incluyendo paratextos), consistirán en uno o varios poemas, escritos únicamente por una cara de la hoja.

7. PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LOS TRABAJOS
En la solicitud de participación en la convocatoria, en el caso de presentación por correo certificado, se deberá enviar debidamente cumplimentado el anexo I. El plazo de presentación de originales se iniciará al día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y finalizará el día que se establezca en la misma.

8. VERIFICACIÓN DE RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS
Finalizado el plazo de recepción de los trabajos el Ayuntamiento de Mislata publicará en su página web (www.mislata.es) una relación con los títulos y los lemas de las obras presentadas.

9. ÓRGANO COMPETENTE PARA LA INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO. NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DEL VEREDICTO
Para la valoración de los trabajos que concurran a la convocatoria se nombrarán tres comisiones de evaluación, cada una de las cuales estará integrada por tres componentes de reconocido prestigio en el mundo de la literatura y/o la edición que serán designados por Resolución de Alcaldía.
La resolución del nombramiento de los jurados que compongan cada una de estas comisiones de evaluación se hará pública en la página web del Ayuntamiento de Mislata (www.mislata. es).
Cada comisión de evaluación operará de forma autónoma e independiente al resto y tras la lectura y valoración de los trabajos que concurran en la modalidad para juzgar la cual ha sido designada, elevará la correspondiente acta con la propuesta para la resolución del premio por el órgano competente. Se establecen las siguientes comisiones de evaluación.
A) Comisión evaluadora de los trabajos que concurran en la modalidad narrativa en castellano.
B) Comisión evaluadora de los trabajos que concurran en la modalidad de poesía en castellano.
C) Comisión evaluadora de los trabajos que concurran en las modalidades de poesía y narrativa en valenciano y del mejor trabajo efectuado por un autor o autora local en cualquiera de las modalidades y lenguas vehiculares de la convocatoria.
Será responsabilidad del Jurado rechazar aquellos trabajos que no se ajusten a las bases de esta convocatoria, así como declarar desierto cualquiera de los premios si, a su juicio, ningún trabajo reuniera los méritos suficientes o no se ajustase a las condiciones establecidas en las presentes bases.
Dicho jurado tendrá plena competencia para aplicar e interpretar las presentes bases y sus decisiones serán inapelables.

El secretario del jurado de las diferentes comisiones de evaluación será el gestor cultural del Ayuntamiento de Mislata, que actuará como instructor del procedimiento y quien, en caso de que un autor o autora local resulte premiado por decisión de los componentes del jurado de las comisiones de evaluación que se detallan en los apartados A y B de la base 9, informará a los miembros de la comisión de evaluación C para que desestimen su valoración como mejor trabajo poético o narrativo escrito por un autor o autora local.
El veredicto del jurado será inapelable. Los y las concursantes aceptarán expresamente su autoridad tanto para resolver los premios como para solucionar cualquiera incidencia no prevista en las bases.

El órgano competente para otorgar estos premios será el Alcalde, que adoptará la resolución en los términos del artículo 26 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de concesión no podrá exceder de seis meses. El plazo se computará a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior.
El vencimiento del plazo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados para entender desestimadas, por silencio administrativo, la solicitud en el certamen.
La resolución de concesión agotará la vía administrativa. Contra ella se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, o bien directamente recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

10. FALLO
El fallo del jurado se comunicará personalmente a los/las ganadores/as tras cada comisión de evaluación y, además se hará público en la web del Ayuntamiento de Mislata (www.mislata.es), tras la resolución por el órgano municipal competente.

11. PUBLICIDAD
De la resolución se dará publicidad en los términos del art. 18 de la Ley General de Subvenciones y en la página web municipal www.mislata.es.
El acto de presentación de las obras publicadas se efectuará en el lugar, fecha y hora que previamente determinará y comunicará el departamento municipal de cultura.
12. PREMIOS Y DOTACIÓN ECONÓMICA
Se concederán cuatro premios con una dotación económica de 800,00 euros, cada uno por género y lengua, según detalle:
– Narrativa en valenciano
– Narrativa en castellano
– Poesía en valenciano
– Poesía castellano
Esta dotación será indivisible y no se podrá conceder ningún premio en calidad de exaequo.

A su vez, para promover la creatividad literaria entre los ciudadanos y ciudadanas nacidos /as o residentes en Mislata, de entre aquellas obras que concurran en la modalidad de poesía y narrativa en castellano o poesía y narrativa en valenciano, se otorgará otro premio único de 800,00 euros al

-Mejor trabajo presentado por un autor o autora local, nacido o residente en Mislata.
El Ayuntamiento comprobará de oficio el lugar de nacimiento o de residencia de las autoras o autores que opten a esta categoría.
Si un autor o autora local resultara premiado en las modalidades de narrativa valencià, narrativa castellano, poesia valencià y poesía castellano, no podrá optar al premio al mejor trabajo poético o narrativo escritor por un autor o autora local.

Al pago de los premios se aplicará la retención legal correspondiente de acuerdo con la legislación fiscal vigente.

13. PUBLICACIÓN DE LAS OBRAS GANADORAS
Los trabajos premiados serán publicados como plaquettes, en edición de 500 el plazo máximo de seis meses desde la concesión del premio.
Los autores o autoras galardonados recibirán cincuenta plaquettes y cederán al Ayuntamiento de Mislata el derecho de difusión y publicación, así como la propiedad de los originales premiados.
En caso de las obras premiadas si el autor/a quisiera publicar la obra en otra editorial, se comprometerá a garantizar que en la misma aparezca en un lugar visible de la cubierta y en la página de créditos la siguiente mención: Obra premiada en la convocatoria de los XVIII Premios de Literatura Breve del Ayuntamiento de Mislata.

14. OTROS
La participación en esta convocatoria supone la plena aceptación de estas bases.
El Ayuntamiento de Mislata se reserva la posibilidad de suspender el certamen literario siempre que existan causas mayores debidamente justificadas y ajenas a la organización del mismo.
Las obras no premiadas ni publicadas y remitidas por correo certificado no serán devueltas y se destruirán pasados treinta días desde la resolución de la convocatoria.

15. PROTECCIÓN DE DATOS
En virtud de la Ley Orgánica de Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se informa que los datos facilitados serán tratados por el AYUNTAMIENTO DE MISLATA, en calidad de Responsable de Tratamiento, con la finalidad de llevar la gestión de inscripciones en actividades y convocatorias de índole social, cultural o deportiva.
Los datos serán conservados durante el plazo de tiempo actividad. No obstante, los datos podrán ser conservados, en su caso, con fines de archivo de interés público, fines de investigación científica e histórica o fines estadísticos.
La base jurídica de legitimación para el tratamiento de los datos personales radica en el consentimiento explícito manifestado por Ud. mediante la formalización del presente documento de inscripción.
Los datos serán cedidos a las entidades públicas o privadas, a las cuales sea necesario u obligatorio ceder éstos para poder gestionar su solicitud, así como en los supuestos previstos, según Ley.
Ud. podrá ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Supresión, Limitación o, en su caso, Oposición. A estos efectos, deberá presentar un escrito en el Registro de Entrada del AYUNTAMIENTO DE MISLATA Plaza Constitución 8 o, en su caso, a nuestro Delegado de Protección de Datos (dpo@mislata.es).
En el escrito deberá especificar cuál de estos derechos solicita sea satisfecho y, a su vez, deberá mostrar o, en caso de envío postal, acompañar la fotocopia del DNI o documento identificativo equivalente. En caso de que actuara mediante representante, legal o voluntario, deberá aportar también documento que acredite la representación y documento identificativo del mismo.
Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrá interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección
de Datos (www.agpd.es).

16. NORMATIVA COMPLEMENTARIA
En lo no previsto en las presentes bases será de aplicación, en cuanto proceda, el régimen previsto en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS) y por el Reglamento de la Ley General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (RLGS), en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Mislata y el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Mislata 2019-2021, así como por las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal de 2019.
17. ANEXOS
ANEXO I DECLARACIÓN DE AUTORÍA, ACEPTACIÓN DE LAS BASES Y
DECLARACIÓN RESPONSABLE

FUENTE


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